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Las subastas extrajudiciales, presente y futuro del procedimiento concursal

portal electrónico de subastasprocuradores.com

La crisis sanitaria del coronavirus COVID 19 así como la carga legislativa que ha puesto en marcha el Ejecutivo para hacer frente a esta pandemia nos ha traído el Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril, que entre otras medidas contempla la generalidad del uso de las subastas extrajudiciales aplicable a todos los concursos de acreedores.

Este hecho viene a suponer que tras la paralización de las subastas judiciales (todas aquellas que venían desarrollándose desde el BOE), las subastas extrajudiciales, es decir las que los Procuradores llevan a cabo en el portal subastasprocuradores.com, van a jugar un papel primordial en el proceso de desescalada que la Justicia también tendrá que llevar a cabo, al igual que el resto de la sociedad española.

El proceso de subastas extrajudiciales que está llevando a cabo la Procura desde hace ya 6 años, como entidad especializada reconocida en la Ley de Enjuiciamiento Civil a través de su plataforma subastasprocuradores.com, no hace otra cosa que albergar una elevada dosis de experiencia, transparencia y seguridad al proceso, convirtiendo al colectivo de los Procuradores de España en los colaboradores naturales de la Justicia.

El artículo 15 del RD16/2020 supondrá un importante punto de inflexión para las subastas extrajudiciales en España

La aplicación del RD 16/2020 va a suponer por tanto un antes y un después en el desarrollo de las subastas extrajudiciales en España, incrementando su protagonismo de manera exponencial en todos aquellos trámites de enajenación de bienes derivados de procesos judiciales. Puede afirmarse sin temor a equivocarse, que las subastas extrajudiciales han llegado para quedarse y su papel y contribución de colaboradores de la Justicia va a prolongarse en el tiempo mucho más allá del mandato explícito recogido en el artículo 15 de RD aprobado por el Gobierno.

Si la venta por entidad especializada ya era “el presente del procedimiento concursal”, como señalaba recientemente el titular del Juzgado de lo Mercantil 1 de Oviedo, Alfonso Muñoz Paredes, ahora sin duda se puede afirmar sin temor a equivocarse que también va a ser el futuro. En su opinión, la entidad especializada debe definir adecuadamente desde el punto de vista publicitario las condiciones de venta de forma que el procedimiento extrajudicial se asemeje en lo máximo posible a las garantías judiciales, en otras palabras, asegurar la concurrencia.

Pero esta realidad no debe esconder otra certeza, en este caso la económica. La era post pandemia, según todos los analistas económicos, acarreará un espectacular incremento de los procesos concursales derivados de la importante crisis que nos dejará el COVID 19. En aquellos sectores más afectados, los incrementos porcentuales alcanzarán tasas jamás conocidas en la historia reciente. Las cifras que barajan algunos economistas en cuanto al número total de concursos alcanzarán los cientos de miles, con la actividad que todo ello generará en el mercado de las subastas. El Ministerio de Justicia calcula que las consecuencias económicas derivadas de la crisis sanitaria provoquen un incremento del 246% de concursos de acreedores para el ejercicio 2020 y del 619% para en 2021.

Servicio al ciudadano y colaboración con la Justicia

Precisamente por ello no es el momento de que surjan oportunistas en la actividad de las subastas extrajudiciales, sino el momento del servicio al ciudadano y de colaboración con la Justicia, algo con lo que los Procuradores se encuentran muy familiarizados en su tarea diaria. Aquí es donde el conjunto de los Colegios de Procuradores de España y su condición de Entidad Especializada tienen mucho que decir en profesionalidad, experiencia, seguridad, transparencia, tecnología y buen hacer en los Juzgados de toda España. La herramienta no es otra que la plataforma subastasprocuradores.com en la que ya han celebrado más de 2.200 subastas, colaborando con más de 70 Juzgados de más de 30 provincias de toda España.